Ya se puede calcular cómo quedará la escala a partir de enero

Con el aumento a los jubilados se puede establecer cómo quedará cada categoría del impuesto unificado.

Ya se puede calcular cómo quedará la escala a partir de enero

Por: Mendoza Post

Luego del anuncio del incremento de diciembre en las jubilaciones y asignaciones familiares (del 5%), es posible estimar el nuevo cuadro de categorías y cuotas del Monotributo 2021.

De este modo, el incremento total en los parámetros de facturación y alquileres y en los importes de las cuotas a abonar mensualmente, sufrirá un aumento del 31,02% a partir de enero, según explicó Hernán Gilardo en iProfesional

El artículo 52 del anexo de la Ley 24.977 de Monotributo, establece que los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales y los importes consignados en el inciso c) del tercer párrafo del artículo 2, en el inciso e) del segundo párrafo del artículo 31 y en el primer párrafo del artículo 32, se actualizarán anualmente en enero en la proporción de las 2 últimas variaciones del índice de movilidad de las prestaciones previsionales.

Así quedarían las categorías

Las actualizaciones dispuestas precedentemente resultarán aplicables a partir de enero de cada año, debiendo considerarse los nuevos valores de los parámetros de ingresos brutos y alquileres devengados para la recategorización correspondiente al segundo semestre calendario del año anterior.

Ver también: "Tarjeta Alimentar y planes sociales. Estos son los aumentos"

De acuerdo a las actualizaciones trimestrales de este año, los topes para permanecer en el régimen pasarán aproximadamente de $1.739.261 a $ 2.278.780,55 para el caso de quienes presten servicios y de $2.608.892 a $3.418.170,85 para quienes realicen ventas de cosas muebles.

En tanto, la cuota mínima se incrementará de $1.955 a $2.562 para todos y la máxima de $9.450 a $12.383 para los locadores y prestadores de servicios (categoría H) y de $14.716 a $ 19.280 para quienes tengan actividad de comercio (categoría K).

La recategorización será a partir de enero

En el mismo porcentaje se incrementará el precio máximo unitario de venta en el caso de quienes tengan como actividad la venta de cosas muebles pasando de $29.115 a $38.147, precisa el consultor tributario Marcos Felice.

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