Este lunes vence el plazo para ingresar a la moratoria AFIP 2020

Desde Sasovsky & Asociados detallan los pro y los contras del plan

Este lunes vence el plazo para ingresar a la moratoria AFIP 2020

Por: Mendoza Post

Este lunes 30 de noviembre es el último día para ingresar a la Moratoria AFIP 2020. Según relevó IP Profesional la consultora Sasovsky & Asociados detallan los pro y los contras del plan de pagos.

Los beneficios son la condonación de multas, intereses y otras sanciones que no se encuentren firmes a la fecha de adhesión. También libera los intereses punitorios y resarcitorios en algunos casos.

Se generará un 15% de descuento para quienes realicen el pago de contado sobre la deuda consolidada. La primera cuota del 2021 vencerá, en caso de que no se opte por la última opción, llegará recién el 16 de enero del año que viene.

Las tasas de interés serán de 2% durante las primeras 6 cuotas y, luego se aplicará la BADLAR moneda nacional de bancos privados. Lo que representa tasas accesibles al mercado.

Puede ser una buena oportunidad de ahorro.

Habrá una amplia cantidad de cuotas. Para las MIPyME alcanzarán los 60 cuotas en aportes a la Seguridad Social y deudas en retenciones y percepciones impositivas y en hasta 120 cuotas para el resto de las obligaciones. Los demás contribuyentes tendrán entre 48 y 96 cuotas como máximo.

También se permite ingresar deudas hasta el 31 de julio de 2020, lo que representa a algunas que se hayan tomado durante la primera etapa de la cuarentena.

Ver: Nación otorgó $1.000 millones a obras sociales para cancelar deudas

Premio para los cumplidores: si bien no hace a la decisión de adherir o no a la moratoria, el hecho de que la ley haya agregado un premio para los cumplidores (que depende de su condición tributaria), es algo positivo.

Contras de la moratoria

Repatriación de activos financieros para quienes tengan bienes en el exterior y deseen adherir a la moratoria (siempre que no sean MIPyME, entidades sin fines de lucro o pequeños contribuyentes). En total, deberán repatriar el 30% de sus activos.

No se permitirá repartir utilidades: la norma establece que el plan de pagos caducará en caso de que exista una distribución de utilidades o de dividendos a sus accionistas o socios dentro de los 24 meses contados desde la vigencia del régimen (o, si es menor de 24 cuotas, por el período que dure el plan). Esta condición no se aplica para las MIPyME, entidades sin fines de lucro ni "pequeños contribuyentes".

Ver: Extienden los plazos de PreViaje hasta febrero de 2021

Imposibilidad del acceso al mercado cambiario: el plan caducará si se realizan operaciones de Contado Con Liquidación (CCL) o el dólar MEP, dentro de los 24 meses contados desde la vigencia del régimen. Esta condición, al igual que en el punto anterior, tampoco se aplicará para las MIPyME, entidades sin fines de lucro ni "pequeños contribuyentes".

Se imposibilitará comprar dólar MEP o CCL.

Extensión de obligaciones a los acciones: la moratoria se caerá en caso de que las personas físicas o jurídicas compren o transfieran al exterior activos financieros durante los 24 meses posteriores al momento de la vigencia de la ley.

Exceso de obligaciones formales: quienes adhieran al plan de facilidades deberán informar sobre sus socios, accionistas y/o similares. Asimismo, quienes repatríen, deberán informar el monto total de activos financieros en el exterior, acompañado de un informe especial firmado por un Contador Público.

Más tiempo para la AFIP: la adhesión al plan de facilidades implicará la interrupción de la prescripción respecto de las acciones y poderes del fisco nacional para determinar y exigir gravámenes, aun cuando la adhesión fuese rechazada o se produzca luego la caducidad.

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