Empresas pueden recibir créditos a tasa subsidiada y los REPRO II

La AFIP abrió la inscripción para los sectores que continúen con problemas por la pandemia.

Empresas pueden recibir créditos a tasa subsidiada y los REPRO II

Por: Mendoza Post

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) abrió la inscripción al sistema para que las empresas tramiten los créditos a tasa subsidiada, para ayudar a los empleadores en el pago de los salarios y los Repro II del Ministerio de Trabajo.

Los empleadores registrados en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) pueden iniciar el procedimiento en la página web de AFIP, podrán iniciar el procedimiento en la página web de AFIP entre el 30 de diciembre de 2020 y 8 de enero de 2021, inclusive.

El ATP forma parte de las políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el impacto económico de la pandemia, y la posibilidad de acceder a cada uno de los beneficios depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa y la variación nominal en su nivel de facturación.

Para enfrentar las distintas realidades que atraviesa el entramado productivo argentino en el marco de la pandemia de coronavirus, el ATP complementó los créditos a tasa subsidiada con los Repro II.  

Ver: Tras el enojo por duraznos chinos, el Gobierno otorgó un subsidio a Millán S.A.

Las empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre octubre de 2019 y octubre de 2020, podrán optar entre tramitar un crédito a tasa subsidiada del 27% o solicitar el Repro II.

Los empleadores que decidan tramitar el Repro II deberán recabar y presentar a través del servicio web Programa ATP el último balance, junto con un conjunto de datos económicos sobre la empresa.

En tanto, las empresas no afectadas en forma crítica que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35%, podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada del 33%.

Ver: El oficialismo busca este martes convertir en ley la nueva fórmulta de movilidad jubilatoria 

Los empleadores contarán con un período de gracia de tres meses, y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas.

Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo, podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

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