AFIP habilitó la moratoria y regularizará deudas en 120 cuotas

La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 15 de marzo de 2022.

AFIP habilitó la moratoria y regularizará deudas en 120 cuotas

Por: Mendoza Post

La Administración Federal de Ingresos Público (AFIP) habilitó la adhesión a la moratoria prevista en la ley de alivio fiscal. Pymes, comerciantes, profesionales, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas.

La moratoria forma parte de los beneficios previstos en la ley de alivio fiscal para apuntalar el proceso de recuperación económica y la adhesión al plan de regularización estará habilitada hasta el 15 de marzo de 2022, informó el organismo. 

La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y según el tipo de contribuyente se podrán acceder a distintos tipos de planes:

- Entidades sin fines de lucro, organizaciones comunitarias, micro y pequeñas empresas y sujetos considerados pequeños contribuyentes: podrán regularizar los aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social hasta en 60 cuotas, mientras que podrán optar por hasta 120 para las restantes obligaciones. Las micro y medianas empresas incluídas en este grupo de contribuyentes deberán ingresar un pago a cuenta del 1% del valor de la deuda consolidada.

Medianas Empresas: Podrán regularizar los aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social hasta en 36 cuotas, mientras que podrán optar por hasta 60 para las restantes obligaciones. Las medianas empresas incluídas en este grupo de contribuyentes deberán ingresar un pago a cuenta del 2% del valor de la deuda consolidada.

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- Otros contribuyentes: Podrán regularizar los aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social hasta en 24 cuotas, mientras que podrán optar por hasta 36 para las restantes obligaciones. Los contribuyentes incluídos en este grupo de contribuyentes deberán ingresar un pago a cuenta del 4% del valor de la deuda consolidada.

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