AFIP: cuál es el tope de facturación para consumidores finales

¿Cómo facturar a consumidor final en AFIP y cuál es el límite? Todos los detalles de la actualización del importe para estar en regla con el ente

AFIP: cuál es el tope de facturación para consumidores finales

Por: Mariano Rivas

Teniendo en cuenta que hace poco la AFIP actualizó los montos de facturación, resulta conveniente conocer cuáles son estos núneros. También es de utilidad saber qué tipo de factura emite un monotributista a un consumidor final.

Los montos de facturación a partir de los cuales deben detallarse los datos del receptor del comprobante fueron actualizados recientemente por la AFIP, cuando se trate de un consumidor final.

¿Cuál es el monto máximo que se puede facturar a consumidor final?

La adecuación, tendiente a fortalecer el régimen de control de emisión de comprobantes, establece que los datos deberán precisarse cuando el importe de una factura sea igual o superior a $43.010 y su receptor sea un consumidor final.

A partir de $43.010, se deben detallar los datos del receptor del comprobante.

La información que deberá detallarse, según informó el sitio iProfesional, es la siguiente: Apellido y Nombres; Domicilio; CUIT/CUIL/CDI, en su caso; y número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).

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¿Cuál es la factura para consumidor final?

La identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual o superior a $21.505 y no se haya pagado con tarjetas de crédito o de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina.

En el caso de operaciones efectuadas por responsables inscriptos frente al impuesto al valor agregado, cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista (industria manufacturera; comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas), se exceptuará de identificar al cliente cuando la operación sea igual o menor a $ 21.505 y el pago se efectúe por algún medio electrónico autorizado.

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¿Qué factura emite un monotributista a un consumidor final?

Todos los monotributistas están obligados a emitir una factura cuando realizan una actividad comercial, es decir, cuando venden un producto o prestan un servicio. De esta manera, la operación queda registrada en AFIP, donde se declara quién prestó un servicio o vendió un producto, cómo se va a cobrar, se detalla qué cosas se vendieron y a quién.

Una vez inscripto en el Monotributo deberás emitir facturas o comprobantes y entregárselas a tus clientes para respaldar las operaciones realizadas e ingresos recibidos. Todos los monotributistas, sin importar la categoría o la actividad en la que se encuentren, deben emitir facturas tipo C como norma general -a los consumidores finales-, y deberán emitir factura con letra "E" de exportación, quienes presten servicios a sujetos radicados en otros países.

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