Condenaron a 12 años de prisión a Mariano Luque

Fue encontrado culpable del delito de homicidio contra de Soledad Olivera.

Condenaron a 12 años de prisión a Mariano Luque

Por: Mendoza Post

Mariano Luque, único imputado por la desaparición de Soledad Olvera, fue condenado a 12 años de prisión esta mañana a las 9:30, luego del juicio oral y público en la Tercera Cámara del Crimen.

La Fiscalía había solicitado una condena por homicidio simple contra Luque, el cual también está imputado por el crimen de Johana Chacón, en septiembre de 2012.

Soledad Olivera, una joven ama de casa de Lavalle fue vista por última vez en noviembre del año 2011. Luque fue juzgado por el mismo delito en septiembre de 2015 por la Segunda Cámara del Crimen, la cual absolvió a Luque al otorgarle el beneficio de la duda.

Soledad Olivera desapareció en noviembre de 2011. 

"No tenía por qué hacerle algo a Soledad. Tenía una relación buena", habría dicho Luque en su defensa, minutos antes de conocer la sentencia. 

La querella Fernando Peñaloza había pedido una condena por homicidio simple a 20 años, mientras que la defensora de Luque, María del Carmen Aguilar, había pedido la absolución al considerar que Soledad fue secuestrada por una red de trata de personas. 

"Esto lo estamos viviendo con expectativa, es un caso que lo venimos trabajando desde hace tiempo con muchas idas y vueltas, un juicio se anuló, la corte dio directivas a seguir respecto de la valoración de pruebas, se realizó en este juicio trabajando con los argumentos que dio la cortes, creo que hemos hecho el trabajo que nos toca", declaró Peñaloza. 

Luque está imputado por el crimen de Johana Chacón. 

Según explicó el querellante, a pesar de que no hay un cuerpo del delito, la calificación que se dio a la causa fue la de homicidio simple, y, en el caso de que apareciera con vida Soledad Olivera, "la defensa debe prestar un recurso de revisión y se revocaría la sentencia". 

Finalmente, Peñaloza dijo que la causa no se pudo calificar como femicidio, "porque el hecho sucede con anterioridad a la reforma del código penal, la reforma del artículo 80 que incorpora femicidio es de diciembre del 2012 y el hecho es anterior, es por eso que no se puede aplicar una figura que no estaba vigente a la fecha de los hechos".