Dijeron que no, pero finalmente extendieron el blanqueo de capitales

Dijeron que no, pero finalmente extendieron el blanqueo de capitales

Por: Mendoza Post

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó hoy la extensión hasta el próximo 17 de abril del plazo para completar la documentación para ingresar al plan de sinceramiento fiscal, aunque ratificó el 31 de marzo como fecha límite para el del impuesto correspondiente.

La decisión, comunicada en el Boletín Oficial con la publicación de la Resolución General 4016-E, había sido anunciada ayer por el organismo que conduce Alberto Abad.

Según la norma, "se considerarán formalizadas en tiempo y forma -con carácter opcional- las solicitudes de adhesión o complementación al sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior...siempre que al 31 de marzo de 2017 se manifieste inequívoca y expresamente la intención de exteriorización".

Se extendió el plazo para presentar la documentación del blanqueo hasta el 17 de abril. 

En ese marco, señala que "la manifestación expresa tendrá como condición inexcusable haber ingresado al 31 de marzo de 2017 la totalidad del impuesto especial que corresponda abonar por el sinceramiento" o "haber afectado a la citada fecha los fondos a alguna de las alternativas previstas por el Artículo 42 de la Ley N° 27.260, su modificatorio y sus normas reglamentarias".

"La manifestación expresa... consistirá en el compromiso de completar la pertinente declaración, con el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones previstas en la mencionada ley y su reglamentación hasta el 17 de abril de 2017, inclusive", añade.

La fecha límite para el impuesto sigue siendo el 31 de marzo. 

Entre los considerandos de la Resolución se explica que la decisión que extender hasta el 17 de abril la posibilidad de presentar la documentación requerida responde al pedido de "diversas entidades que nuclean a los contribuyentes y responsables y a los profesionales dedicados a las materias fiscales, así como las representaciones de los martilleros públicos que deben presentar las respectivas tasaciones".

"Que en tal contexto y teniendo en cuenta el objetivo de este Organismo de facilitar a los responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, la experiencia alcanzada durante la vigencia del régimen en trato y la evaluación realizada sobre el particular, resulta aconsejable conceder un plazo adicional para completar la presentación de la documentación pertinente", añade.