Para el juez de Necochea, el topless no es delito

Tras el polémico episodio en el que tres chicas fueron sacadas de una playa por una docena de policías por no usar la parte de arriba del bikinis, el magistrado desestimó la denuncia de los turistas.

Para el juez de Necochea, el topless no es delito

Por: Agencia Télam

El juez de Necochea, Mario Alberto Juliano, desestimó una denuncia contra tres mujeres que tomaban sol sin corpiño en una playa pública durante el fin de semana pasado en Necochea y cuestionó el accionar de la policía.

Están organizando, como protesta, un tetazo en el Obelisco para el martes 7.

Juliano (quien en septiembre último manifestó el orgullo que sentía por su hija, que cultiva marihuana) está a cargo del Juzgado Correccional 1 de Necochea y lleva adelante la causa 10585-"NN s/denuncia", y sostuvo mediante un fallo que "hacer topless no es un delito" a la vez que pidió a la Legislatura provincial que revise el Código de Faltas.

La situación del topless en Necochea.

En sus fundamentos, el magistrado señaló que el hecho denunciado podría encuadrarse en "el artículo 70 del Decreto Ley 8031/73 (Código Contravencional)", que establece que "será sancionado con multa entre 15 y 40 por ciento del haber mensual del Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, el que con acto, palabra, dibujo o inscripción torpe u obscena ofendiera la decencia pública".

Sin embargo, consideró que esa disposición es "notoriamente inconstitucional" debido a "la imprecisión y vaguedad de los términos empleados por la ley (obscenidad y decencia pública), que imposibilita a las personas conocer los límites de lo punible y lo impune".

El juez resolvió archivar las actuaciones al entender que se tratan de "hechos contravencionalmente irrelevantes".

Ver: Echaron a tres chicas de una playa de Necochea por hacer topless

Juliano señaló que "la ocasión (la enorme repercusión nacional e internacional del episodio) me pareció propicia para reclamar a la legislatura bonaerense la necesaria reforma del Código de Faltas en general, y particularmente su artículo 70, que es el que reprime a los actos obscenos", afirmó.

El juez necochense recomendó "a la Jefatura Departamental que para el caso que se susciten nuevos episodios de esta índole procuren una intervención que priorice la mediación a los fines de garantizar la libertad de expresión y el ejercicio de derechos, en un marco de paz y convivencia que evite las expresiones violentas".